SELLO DIGITAL (CSD) RESTRINGIDO

¿No puedes facturar porque te restringieron el sello digital?

La restricción del certificado de sello digital se puede levantar, pero hay un plazo para hacerlo y cada día sin facturar le cuesta a tu negocio. Esto es lo que tienes que hacer.

Primera revisión sin costo · Abogados fiscalistas desde 2007 · CDMX y Estado de México

¿Por qué el SAT restringe el sello digital?

La restricción temporal del certificado de sello digital está prevista en el Código Fiscal de la Federación (art. 17-H Bis). Los motivos más comunes son:

Declaraciones sin presentar

No presentar la declaración anual o varias declaraciones mensuales.

No te localizaron

El SAT acudió a tu domicilio fiscal y no te encontró, o el domicilio no existe.

Diferencias en tus ingresos

Lo que facturas o lo que te depositan no coincide con lo que declaras.

Proveedores en la lista del SAT

Operaciones con empresas publicadas en la lista del artículo 69-B (EFOS).

Ojo con el plazo

Si no presentas la solicitud de aclaración dentro del plazo legal, el SAT puede dejar sin efectos (cancelar) tu certificado, y recuperarlo se vuelve más difícil. No lo dejes para después.

Qué hacer para volver a facturar

  1. Revisa tu Buzón Tributario

    Ahí viene el oficio con el motivo exacto de la restricción y la fecha. Ese motivo es lo que hay que desvirtuar.

  2. Reúne tus pruebas

    Según el motivo: acuses de declaraciones, comprobante de domicilio, contratos, estados de cuenta, documentación de tus operaciones con proveedores.

  3. Presenta la solicitud de aclaración

    Se presenta en el Portal del SAT. Una aclaración bien armada es la diferencia entre que te levanten la restricción o te la nieguen.

  4. Si te la niegan, hay defensa

    Una negativa o una cancelación se pueden combatir con los medios de defensa que procedan en tu caso.

Mándanos el oficio del Buzón y lo revisamos hoy

Revisamos tu caso sin costo: el motivo de la restricción, qué pruebas necesitas y cómo presentar la aclaración para que vuelvas a facturar lo antes posible. Abogados litigantes en materia fiscal y administrativa desde 2007, en Bosques de la Reforma, Cuajimalpa.

Preguntas frecuentes

¿Restricción y cancelación del sello digital son lo mismo?

No. La restricción es temporal y se levanta con una aclaración que proceda. La cancelación deja sin efectos el certificado y requiere otro procedimiento y, en su caso, medios de defensa.

¿Cuánto tarda el SAT en resolver la aclaración?

La autoridad tiene un plazo legal para resolver una vez presentada la solicitud con sus pruebas. Si te requieren información adicional, el tiempo se alarga, por eso conviene presentarla completa desde el inicio.

¿Puedo hacer la aclaración yo solo?

Sí se puede, pero si el motivo es una discrepancia de ingresos u operaciones con proveedores de la lista 69-B, las pruebas tienen que estar muy bien armadas. Una aclaración rechazada te hace perder tiempo sin facturar.

¿La primera revisión tiene costo?

No. Revisamos tu documento y te decimos si el asunto es viable antes de cualquier compromiso.

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