CUENTA INMOVILIZADA · EMBARGO DE CUENTAS

¿Te congelaron la cuenta bancaria por el SAT? Esto es lo que tienes que hacer hoy

Una cuenta inmovilizada sí se puede liberar, pero los plazos para defenderte son cortos. Te explicamos por qué pasa, qué pedirle a tu banco y cuáles son tus opciones.

Primera revisión sin costo · Abogados fiscalistas desde 2007 · CDMX y Estado de México

¿Por qué el SAT congela una cuenta?

El banco no decide congelarte la cuenta: lo hace porque una autoridad se lo ordenó. Estas son las causas más comunes:

Un crédito fiscal sin pagar ni garantizar

Cuando un crédito fiscal ya es exigible y no se pagó ni se garantizó, el SAT puede ordenar que se inmovilicen tus depósitos hasta por el monto que reclama (Código Fiscal de la Federación, art. 156-Bis).

Un aseguramiento precautorio

Si el SAT no te localizó en tu domicilio fiscal, o no atendiste una visita o un requerimiento, puede asegurar tus cuentas como medida preventiva (CFF, arts. 40 y 40-A).

Una orden de otra autoridad

A veces el bloqueo no viene del SAT, sino de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), de un juez o de otra autoridad. La defensa cambia según quién lo ordenó.

Qué hacer hoy, paso a paso

  1. Pide a tu banco el oficio

    Solicita el número de oficio, la autoridad que ordenó la inmovilización y el monto. Sin ese dato no se puede armar la defensa.

  2. Revisa tu Buzón Tributario

    Ahí suele estar la notificación del crédito fiscal, del requerimiento o de la medida. Anota la fecha en que te notificaron: los plazos cuentan desde ese día.

  3. Identifica el crédito o el motivo

    ¿De qué año, por qué impuesto y por qué monto? Muchas veces el crédito tiene errores, ya prescribió o se puede reducir.

  4. Busca asesoría el mismo día

    Según el caso, se puede impugnar el crédito (por lo general hay 30 días hábiles para el recurso de revocación o el juicio de nulidad), ofrecer otra garantía para liberar la cuenta o pedir que se levante un aseguramiento que ya no se justifica.

Lo que no conviene hacer

  • Ignorarlo y esperar a que “se resuelva solo”: el siguiente paso puede ser que el banco transfiera el dinero al SAT.
  • Pagar sin revisar si el crédito está bien calculado o si ya prescribió.
  • Firmar convenios o autocorrecciones sin saber qué estás aceptando.

Mándanos el oficio y te decimos hoy qué opciones tienes

Revisamos tu caso sin costo: quién ordenó la inmovilización, si el crédito se puede impugnar y cuál es la ruta más rápida para liberar tu cuenta. Somos abogados litigantes en materia fiscal y administrativa desde 2007, en Bosques de la Reforma, Cuajimalpa.

Preguntas frecuentes

¿Pueden congelar todo el dinero de mi cuenta?

La inmovilización por un crédito fiscal debe hacerse hasta por el monto del crédito y sus accesorios. Si te inmovilizaron de más, se puede pedir que se libere el excedente.

¿Cuánto tarda en liberarse la cuenta?

Depende de la vía: ofrecer otra garantía, pagar, regularizarte o ganar la impugnación. Al revisar tu caso te decimos cuál es la más rápida para ti.

¿Me pueden congelar la cuenta sin avisarme?

Muchas veces la notificación previa existe, pero llegó al Buzón Tributario o a un domicilio donde ya no estabas. Por eso hay que revisar cómo y cuándo te notificaron: un error en la notificación puede ser parte de la defensa.

¿La primera revisión tiene costo?

No. Revisamos tu documento y te decimos si el asunto es viable antes de cualquier compromiso.

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